lunes, 7 de diciembre de 2015

Noticias sobre la catedral de sevilla

http://www.diariodesevilla.es/article/sevilla/2165405/la/gran/reforma/sagrario/la/catedral.HTML


El hundimiento registrado hace tres años obliga a una gran reforma en la Catedral de Sevilla.
Esta reforma será llevada a cabo por los arquitectos  Ignacio Villa Barbacid y Javier Haro Geppi,
quienes han trabajado a petición del Cabildo Catedral, que en los últimos años, s tenía paralizadas las grandes obras de restauración por efecto de una crisis económica que derivó en continuas bajadas de visitantes y obligó, por tanto, a los correspondientes ajustes presupuestarios.
 Una obra que también tiene importantes repercusiones en la planta baja e incluso bajo tierra. La planta alta quedará para salón de usos múltiples en el ala occidental, dos despachos para las hermandades, un archivo y dos aseos para usuarios de esta planta, ubicados en el ala oriental. La planta baja se destina, como hasta ahora, al acceso y comunicación con la sacristía y a oficinas de la Parroquia del Sagrario. Y en la planta sótano habrá dos cabinas de inodoro, uno de ellos adaptado a minusválidos,una zona común de lavabos, un cuarto de limpieza y armarios para instalaciones. 
La causa de este gran proyecto de reforma radica en el "importante hundimiento" registrado en 2012, según los técnicos, en el lado sur del espacio que funcionó en su día como cine y del ocupado para almacenamiento de los valiosos enseres de la Archicofradía Sacramental. La intervención prevista tiene como objetivo reforzar la bóveda para que gane en estabilidad y capacidad permitiendo los nuevos usos con total garantía.
El proyecto incluye la instalación de climatización y sistemas de ventilación. Los despachos y el salón de usos múltiples tendrán un sistrema de caudal variable de refrigeración en verano y de calefacción en invierno.





Presentación

Hola, soy Alicia Sánchez Hidalgo, tengo 19 años y estudio primero de bachillerato en el IES Cristóbal de Monroy y escribo este blog por un sencillo motivo, en clase de Patrimonio Cultural Andaluz, el profesor nos ha pedido que todo lo que aprendamos este curso sobre esta asignatura lo expongamos en un blog, con fotografías textos y noticias sobre este tema. Un cordial saludo

miércoles, 4 de noviembre de 2015

Definición de patrimonio cultural y sus tipos


Definición de patrimonio cultural.
El concepto de patrimonio cultural es subjetivo y dinámico, no depende de los objetos o bienes sino de los valores que la sociedad en general les atribuyen en cada momento de la historia y que determinan qué bienes son los que hay que proteger y conservar para la posteridad.
La visión restringida, singular, antigua, monumental y artística del patrimonio del siglo XIX será superada durante el siglo XX con la incorporación del concepto de valor cultural.
Lo que llamamos patrimonio cultural lo podemos definir de la siguiente forma, la herencia cultural propia del pasado de una comunidad, con la que esta vive en la actualidad y que transmite a las generaciones presentes y futuras.
Las entidades que identifican y clasifican determinad           os bienes como relevantes para la cultura de un pueblo, de una región o de toda la humanidad, velan también por la salvaguarda y la protección de esos bienes, de forma tal que sean preservados debidamente para las generaciones futuras y que puedan ser objeto de estudio y fuente de experiencias emocionales para todos aquellos que los usen, disfruten o visiten.
El patrimonio etnográfico constituye el conjunto de bienes muebles e inmuebles (paisajes agrícolas, aperos, ingenios hidráulicos, molinería, la sal, el vino…) y elementos inmateriales (costumbres, tradiciones, festividades…) que representan la huella de nuestra sociedad tradicional.

Los bienes inmuebles e consideran inmuebles todos aquellos bienes considerados bienes raíces, por tener de común la circunstancia de estar íntimamente ligados al suelo, unidos de modo inseparable, física o jurídicamente, al terreno, tales como las parcelas, urbanizadas o no, casas, naves industriales, o sea, las llamadas fincas, en definitiva, que son bienes imposibles de trasladar o separar del suelo sin ocasionar daños a los mismos, porque forman parte del terreno o están anclados a él.
en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz se clasificarán con arreglo a la siguiente tipología:
a) Monumentos.


los edificios y estructuras de relevante interés histórico, arqueológico, paleontológico, artístico, etnológico, industrial, científico, social o técnico, con inclusión de los muebles, instalaciones y accesorios que expresamente se señalen.

                        


  Monumento a Cristóbal Colón,             Huelva.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

1.                Patrimonio artísticos

 


 

 

 

     Cuadro de Las Meninas pintado por Velázquez.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

  2.Patrimonio historico.

 

 


 

   Catedral de Sevilla

 

 

 

 

 

 

 

3.                Patrimonio matrimonial.


 

 

 Aldea del Rocío, Huelva

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

4.                Patrimonio arqueológico.


 

 

 Italica

 

 

 

 

 

 

 

5.Patrimonio etnológico.


 

 Virgen del Rocío

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

6.                Patrimonio industrial.

 


 La real artillería de Sevilla

 

 

 

 

 

 

 

 

b) Conjuntos Históricos.

las agrupaciones de construcciones urbanas o rurales junto con los accidentes geográficos que las conforman, relevantes por su interés histórico, arqueológico, paleontológico, artístico, etnológico, industrial, científico, social o técnico, con coherencia suficiente para constituir unidades susceptibles de clara delimitación.

 

 


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

      Centro de Córdoba, el puente Romano y la Mézquita

 

 

 

c)                Jardines Históricos.

Los espacios delimitados producto de la ordenación humana de elementos naturales, a veces complementados con estructuras de fábrica, y estimados de interés en función de su origen o pasado histórico o de sus valores estéticos, sensoriales o botánicos.

 

 

 

 Parque de María Luisa, Sevilla

 

 

 

 

 

 

   

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

d)               Sitios Históricos.

los lugares vinculados a acontecimientos o recuerdos del pasado, a tradiciones, creaciones culturales o de la naturaleza y a obras humanas, que posean un relevante valor histórico,

etnológico, arqueológico, paleontológico o industrial.


 

 Navas de Tolosa

 

 

 

 

 

  

 

 

 

 e) Zonas Arqueológicas.

aquellos espacios claramente delimitados en los que se haya comprobado la existencia de restos arqueológicos o paleontológicos de interés relevante relacionados con la historia de la humanidad.

 


 Gandul, Mairena del Alcor, Sevilla

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

   

 

 

 

 

 

f) Lugares de Interés Etnológico.

aquellos parajes, espacios, construcciones o instalaciones vinculados a formas de vida, cultura, actividades y modos de producción propios del pueblo andaluz, que merezcan ser preservados por su relevante valor etnológico.


 

 

 

 

 

 

 

 

   

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Lavadero publico Las sonsoles de Granada.

 

g) Lugares de Interés Industrial.

Son Lugares de Interés Industrial aquellos parajes, espacios, construcciones o instalaciones vinculados a modos de extracción, producción, comercialización, transporte o equipamiento que merezcan ser preservados por su relevante valor industrial, técnico o científico.

 


 

   

 

 La mina de riotinto

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

h) Zonas Patrimoniales.

 aquellos territorios o espacios que constituyen un conjunto patrimonial, diverso y complementario, integrado por bienes diacrónicos representativos de la evolución humana, que poseen un valor de uso y disfrute para la colectividad y, en su caso, valores paisajísticos y ambientales.


Zona arqueológica de Osuna

 

 

Bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz

1.                Forman parte del Patrimonio Histórico Andaluz los bienes muebles de relevancia cultural para Andalucía que se encuentren establemente en territorio andaluz.

 

PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO

 

1.                Forman parte del Patrimonio Arqueológico los bienes muebles o inmuebles de interés histórico, susceptibles de ser estudiados con metodología arqueológica, hayan sido o no extraídos y tanto si se encuentran en la superficie o en el subsuelo, en las aguas interiores, en el mar territorial o en la plataforma continental. Asimismo, forman parte de este Patrimonio los elementos geológicos y paleontológicos relacionados con la historia de la humanidad y sus orígenes y antecedentes.

2.                Son bienes de dominio público de la Comunidad Autónoma de Andalucía todos los objetos y restos materiales que posean los valores que son propios del Patrimonio Histórico Andaluz y sean descubiertos como consecuencia de excavaciones, remociones de tierra, obras o actividades de cualquier índole o por azar, todo ello de acuerdo con la legislación del Estado.


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Patrimonio etnológico

 

1.                Son bienes integrantes del Patrimonio Etnológico Andaluz los parajes, espacios, construcciones o instalaciones vinculados a formas de vida, cultura, actividades y modos de producción propios de la comunidad de Andalucía.

 

PATRIMONIO INDUSTRIAL

 

El patrimonio industrial está integrado por el conjunto de bienes vinculados a la actividad productiva, tecnológica, fabril y de la ingeniería de la comunidad autónoma de Andalucía en cuanto son exponentes de la historia social, técnica y económica de esta comunidad.

 

Son bienes inmuebles de carácter industrial las instalaciones, fábricas y obras de ingeniería que constituyen expresión y testimonio de sistemas vinculados a la producción técnica e industrial. Son bienes muebles de carácter industrial los instrumentos, la maquinaria y cualesquiera otras piezas vinculadas a actividades tecnológicas, fabriles y de ingeniería.

 

PATRIMONIO DOCUMENTAL

 

El patrimonio documental andaluz está constituido por todos los documentos de cualquier época, conservados, producidos o recibidos por las personas o instituciones de carácter público y privado,estén reunidos o no en los archivos de Andalucía, en los términos regulados en la legislación de archivos.

 

PATRIMONIO BIBLIOGRÁFICO

 

El Patrimonio Bibliográfico Andaluz está constituido por las obras y colecciones bibliográficas Y hemerográficas de carácter literario, histórico, científico o artístico, independientemente de su soporte, del carácter unitario o seriado, de la presentación impresa, manuscrita, fotográfica, cinematográfica,

fonográfica o magnética y de la técnica utilizada para su creación o reproducción, de titularidad pública existentes en Andalucía o que se consideren integrantes del mismo en el presente capítulo.

 

Forman parte del Patrimonio Bibliográfico Andaluz:

a) Las obras y colecciones con más de cien años de antigüedad, en todos sus ejemplares.

b) Todas aquellas obras de las que no conste la existencia de al menos tres ejemplares en bibliotecas integradas en el Sistema Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación.

c) Los ejemplares entregados en concepto de Depósito Patrimonial Bibliográfico Andaluz, regulado en la legislación bibliotecaria andaluza.

d) Los ejemplares de las obras no comprendidas en los anteriores subapartados y las colecciones bibliográficas que sean declaradas de interés bibliográfico andaluz.

 

ESPACIOS CULTURALES

 

Se entiende por espacio cultural el comprendido por aquellos inmuebles de titularidad pública o privada inscritos en el catálogo general del patrimonio histórico andaluz, o agrupaciones de los mismos, que por su relevancia o significado en el territorio donde se emplazan se acuerde su puesta en valor y difusión al público.

 

Los Espacios Culturales de Andalucía se clasifican en conjuntos y parques culturales. Los conjuntos culturales son aquellos espacios culturales que por su relevancia patrimonial cuentan con un órgano de gestión propio. Los Parques Culturales son aquellos Espacios Culturales que abarcan la totalidad de una o más Zonas Patrimoniales que por su importancia cultural requieran la constitución de un órgano de gestión en el que participen las Administraciones y sectores implicados.